La jueza de Garantías, Marina Barbagelata, resolvió negar la inhibitoria, ratificando la procedencia del fuero ordinario y la competencia de los tribunales de la Justicia de Entre Ríos, con asiento en Paraná, para continuar entendiendo en la causa caratulada “BECKMAN CLAUDIA MARCELA Y OTROS S/DEFRAUDACIÓN A LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – ASOCIACIÓN ILÍCITA”, Legajo de O.G.A. N° 10.668 (Legajo de Fiscalía N° 87.933).
Asimismo, dictaminó tener presente las reservas del caso federal efectuadas por los abogados defensores de Jorge De Breuil, Gustavo Hernán Pérez, Pedro Opromolla y Alejandro Almada.
La magistrada dispuso librar oficio para notificar de la resolución al juez federal interviniente en las actuaciones N° CNE 8993/2018 caratuladas “CULLEN, MIGUEL ÁNGEL Y OTROS S/FORMULA PETICIÓN”, a efectos de comunicarle lo decidido; y se le requiere que tenga a bien contestar si reconoce la competencia de la Justicia provincial, caso contrario, se sirva remitir los antecedentes a la alzada común, la Corte Suprema de Justicia de la Nación.