Desde el mediodía de este jueves 21 de abril está abierta la inscripción, hasta el 7 de mayo. A partir del 19 de mayo comenzarán los pagos.
La inscripción se realiza en dos etapas
Primera etapa: inicio de inscripción (desde el 21 de abril)
La persona que quiera solicitar el Refuerzo deberá ingresar a www.anses.gob.ar y entrar al aplicativo de Mi ANSES, para lo cual deberá tener a mano su CUIL y Clave de la Seguridad Social.
En caso de que no recuerde su CUIL podrá consultarlo en el momento, al igual que podrá crear su Clave de la Seguridad Social. Va a contar con información y tutoriales para hacerlo en nuestra página web.
Una vez que la persona haya ingresado a Mi ANSES, deberá elegir la opción Refuerzo de Ingresos y seguir los pasos para completar y actualizar sus datos de contacto (domicilio, teléfono y correo electrónico).
Segunda y última etapa de inscripción (desde el 28 de abril)
La persona que ya actualizó sus datos de contacto, a partir del 28 de abril deberá ingresar nuevamente en Mi ANSES para finalizar con la inscripción: completar la declaración jurada y validar/cargar su cuenta bancaria a través del CBU, donde va a cobrar el refuerzo.
A partir del 5 de mayo se informará quiénes cobrarán el refuerzo
Después de realizar los cruces de información con los distintos organismos y las evaluaciones de la situación patrimonial, socioeconómica y de consumo de los solicitantes con el objetivo de verificar que cumplan las distintas condicionalidades para acceder al Refuerzo de Ingresos, las personas podrán ingresar a partir del 5 de mayo a Mi ANSES para saber si les corresponde el derecho.
El bono de $ 18.000 se dará en dos cuotas, en mayo y junio, mientras que el $ 12.000 para los jubilados y pensionados será en una única cuota en mayo, que se sumará al bono de $ 6.000 que se está pagando a los que perciben hasta un haber mínimo ($32.630).
De esta forma, se pagarán dos bonos de 9.000 pesos en mayo y junio a trabajadores sin ingresos formales, trabajadoras de casas particulares y monotributistas de las categorías A y B.
Quiénes cobrarán el bono
– Trabajadores sin ingresos formales: $18.000 en dos cuotas de $9.000 cada una. Alcanza a trabajadores de entre 18 y 65 años sin ingresos formales.
– Jubilados y pensionados: $12.000 en una cuota para quienes perciben hasta 2 jubilaciones mínimas. Complementa el bono anterior otorgado de $6.000 y de esta manera se equipara con el bono que se otorga a las y los trabajadores de $18.000.
– Monotributistas: Alcanza a los y las trabajadores de las categorías A y B del Monotributo.
– Trabajadores de casas particulares: $18.000 en dos cuotas de $9.000.
Cómo inscribirse
Trabajadores sin ingresos formales, monotributistas A y B, monotributistas sociales, y trabajadores de casas particulares deberán inscribirse únicamente a través de la página web de ANSES.
Se recuerda que los jubilados y pensionados no deberán realizar ninguna inscripción. Percibirán el refuerzo de 12 mil pesos en forma automática junto con su haber en el cronograma de pagos de Mayo y sin la necesidad de realizar ningún tipo de trámite.
El nuevo IFE de ANSES es compatible con:
– Asignación Universal por Hijo
– Asignación por Embarazo para Protección social
– prestación por Desempleo
– Potenciar Trabajo
– con estar inscripto en el Registro Nacional de trabajadores de la Economía Popular
– con los planes alimentarios provinciales y municipales.
La ANSES aclaró que «con el objetivo de prevenir posibles estafas, la inscripción es individual, no requiere de ningún tipo de intermediario y se realizará únicamente a través de la página oficial de ANSES».
ANSES puede rechazar el pedido
La titular del organismo aclaró que «los que se inscriban deben aprobar una evaluación socioeconómica». Con el objetivo de que el refuerzo de ingresos llegue efectivamente a los ciudadanos para los cuales se implementó esta medida, ANSES evaluará la situación patrimonial, socioeconómica y de consumo de las y los solicitantes.
Aquellos que deban hacer la inscripción tienen que pasar los filtros que impone el organismo. Por ejemplo, la entidad verificará los gastos con las tarjetas de débito y crédito o la cantidad de inmuebles del que es dueño el interesado o si los montos de las mismas son elevados.