Como órgano de fiscalización de la administración pública provincial y municipal, una de las funciones del Tribunal de Cuentas es realizar el control externo de las Administraciones Municipales, según lo previsto en la Constitución Provincial, y en las Leyes Orgánicas del Tribunal de Cuentas y de los Municipios. De modo que todos los Presidentes Municipales deben presentar, anualmente, ante el TCER, la rendición de cuentas por los fondos que administran personalmente o a través de subresponsables.
En este marco, y como parte de la Rendición de Cuentas Anual que deben presentar antes del 30 de abril de cada año, el Tribunal de Cuentas recepciona las Planillas de Ejecución Presupuestaria de los mismos. Éstas registran la percepción efectiva de los ingresos previstos en el Cálculo de Recursos y el compromiso asumido por los gastos estimados en el Presupuesto de Gastos; pero también los montos registrados por Deuda Flotante (corto plazo) y la Deuda Consolidada (largo plazo).
Como tarea complementaria a las auditorias in situ que el Tribunal de Cuentas realiza, el Cuerpo de Auditores del organismo procesa esta información rendida y genera diferentes estadísticas sobre la ejecución presupuestaria en las diferentes Administraciones Municipales.
La información puede ser consultada en: http://www.tcer.gob.ar/informacion/datos-y-estadisticas.php