El máximo tribunal de Entre Ríos emitió un nuevo fallo convalidando la constitucionalidad de la ley de emergencia solidaria aprobada a mediados de año por la Legislatura. El Superior Tribunal de Justicia (STJ), integrado por conjueces, revocó el fallo de primera instancia que había favorecido a jubilados del Estado que buscaban evitar los descuentos que estableció la norma.
La decisión se dio por mayoría. Los conjueces Acevedo Miño y Cevallos votaron por sostener el fallo de primera instancia que había declarado la inconstitucionalidad de la norma provincial. Por el contrario, Canavesio; Martínez y Justet votaron por revocar la sentencia que había beneficiado a los trabajadores pasivos, siguiendo los lineamientos dispuestos por el mismo Tribunal (con su conformación originaria) en el caso “Rombolá”.