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El Foro Ecologista de Paraná interpuso una acción de amparo Ambiental contra el gobierno provincial

marzo 1, 2019

El Vocal de la Cámara Civil y Comercial, Sala III, Dr. Andrés Manuel Marfil informó que se ha iniciado la acción de amparo ambiental caratulada “Foro Ecologista de Paraná y otro C/Superior Gobierno de la provincia de Entre Ríos”, tendiente a la declaración de nulidad y revocación del decreto Nº 4407/1028, que fuera publicado en el boletín oficial el 2 de enero pasado, por el cual se regula la aplicación vía aérea y terrestre de fitosanitarios.

Los datos de la acción de amparo pueden consultarse en la página Web: http://jurisprudencia.jusentrerios.gov.ar/01/03/2019/foro-ecologista-de-parana-y-otro-c-superior-gobierno-de-la-provincia-de-entre-rios-s-accion-de-amparo-expte-no-9624/

Conforme lo dispuesto en la parte pertinente del Acuerdo General Nº 33/16, y a los fines de cumplimentar con el deber de inscripción impuesto a éste Registro Público de Procesos Colectivos en el punto 7 del Anexo I, se deberá suministrar la siguiente información:

(Completar en letra imprenta y mayúscula)

ORGANISMO: CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DE PARANA – SALA III – DR.  ANDRES MANUEL MARFIL

JURISDICCION:  PARANA

CARATULA: «FORO ECOLOGISTA DE PARANA Y OTRO C/ SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS S/ ACCIÓN DE AMPARO»- Expte. Nº 9624

  1. A) NOMBRE Y DOMICILIO DE LAS PARTES Y DE LOS LETRADOS INTERVINIENTES:

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA PARTE ACTORA:

1- FORO ECOLOGISTA DE PARANA.-

DOMICILIO PARTE ACTORA:

DOMICILIO REAL: SANTIAGO DEL ESTERO Nº131

LETRADO/S INTERVINIENTE/S POR LA PARTE ACTORA:

DRAS. MARIA ALDANA SASIA Y MARIA MARTA FERNANDEZ BENETTI (PATROCINANTES)

DOMICILIO LETRADO INTERVINIENTE:

ALAMEDA DE LA FEDERACION Nº621 – PARANA

2- ASOCIACION GREMIAL DEL MAGISTERIO DE ENTRE RIOS (A.G.M.E.R.).-

DOMICILIO PARTE ACTORA:

DOMICILIO REAL: ALAMEDA DE LA FEDERACION Nº114

LETRADO/S INTERVINIENTE/S POR LA PARTE ACTORA:

  1. HECTOR LUIS FISCHBACH (APODERADO)

DOMICILIO LETRADO INTERVINIENTE:

ALAMEDA DE LA FEDERACION Nº621 – PARANA

NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA PARTE DEMANDADA:

SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS

DOMICILIO PARTE DEMANDADA:

FERNANDEZ DE LA PUENTE nº220

LETRADO/S INTERVINIENTE/S POR LA PARTE DEMANDADA:

DOMICILIO LETRADO INTERVINIENTE PARTE DEMANDADA:

  1. B) EFECTUAR UN DESCRIPCIÓN SUCINTA, CLARA Y PRECISA DONDE SE DETERMINE:

1- TIPO DE PROCESO: 

ACCION DE AMPARO AMBIENTAL  -ART. 43 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, ART. 56 IN FINE DE LA CONSTITUCIÓN DE LA PROVINCIA, ARTS. 62, 63 Y CCTES. DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS CONSTITUCIONALES.-

2- CLASE INVOLUCRADA EN EL CASO: 

TODOS LOS NIÑOS, NIÑAS, ADOLESCENTES, MAESTRAS, MAESTROS Y PERSONAL NO DOCENTE QUE CONCURRE A LAS ESCUELAS RURALES DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS.

  1. C) EFECTUAR UNA DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS SIGUIENTES ÍTEMS:

– EL OBJETO DE LA PRETENSIÓN: 

LA DECLARACIÓN DE NULIDAD Y REVOCACIÓN DEL DECRETO Nº4407/1028, PUBLICADO EN EL B.O. EL DÍA 02 DE ENERO DE 2019.

– EL BIEN COLECTIVO DE QUE SE TRATA, O EN SU CASO, DE LOS INTERESES INDIVIDUALES INVOLUCRADOS:

EL SUELO, EL AGUA SUPERFICIAL Y SUBTERRANEA Y EL AIRE; LA SALUD DE LAS PERSONAS DE LA CLASE INVOLUCRADA

– LA CAUSA FÁCTICA O NORMATIVA HOMOGÉNEA Y DEL ELEMENTO COLECTIVO QUE SUSTENTA EL RECLAMO: 

FUMIGACION AEREA Y TERRESTRE.

  1. D) MINISTERIO PÚBLICO FISCAL: IDENTIFICAR AL ÓRGANO INTERVINIENTE Y EL CARÁCTER EN EL CUAL LA FISCALÍA PARTICIPA EN EL PROCESO: 

MINISTERIO PUBLICO FISCAL -ART. 207 CONSTITUCIÓN PROVINCIAL, ARTS. 1 Y 26 INC. A DE LA LEY Nº 10.407-.

  1. E) REMITIR (COMO ARCHIVO ADJUNTO) COPIA DE LA RESOLUCIÓN POR LA CUAL SE ORDENA LA INSCRIPCIÓN DEL PROCESO EN EL REGISTRO -PUNTO 5.- d) DEL ANEXO II) DEL ACUERDO GENERAL Nº 33/16-