El Juzgado de Paz de Pueblo Brugo, a cargo del Doctor Luis Arturo Guarascio, ordenó la renovación automática por el plazo de 60 días de todas las medidas dispuestas en los procesos de violencia familiar (Ley N°9198) y de género (Ley N°26.485) en trámite ante dicho Juzgado. Esta prórroga se dio a conocer a través del Oficio Judicial N° 033/2020.
Dichas medidas refieren sobre: a) prohibición de realización de actos molestos y perturbadores, en forma personal, vía telefónica y/o redes sociales hacia la víctima y grupo conviviente; b) prohibiciones de acercamiento por parte del victimario hacia la víctima, tanto sea a su domicilio como a lugares de trabajo, vía pública o cualquier otro lugar en que se encuentre; c) mantenimiento de las exclusiones decretadas y de las prohibiciones de ingresos a los domicilios de los victimarios en resguardo a las víctimas y al grupo familiar conviviente; d) el mantenimiento de la suspensión del régimen de comunicación con el agresor denunciado salvo modificaciones comunicadas en forma fehaciente por el organismo de seguimiento que amerite la revisión de dicha medida; y e) el mantenimiento de los alimentos provisorios otorgados dentro del marco de los procesos de violencia familiar o de género.
Para mayor información, comunicarse al Juzgado de Paz al (0343) 156101817.