La responsabilidad parental es el conjunto de deberes y derechos que tienen los padres sobre la persona y los bienes de los hijos menores de edad. (Código Civil y Comercial de la Nación, Art. 638.)
En dialogo con el Psicólogo Social Victor Castro, Director del Área de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Municipalidad de Colonia Ayuí, en su despacho hablamos sobre las normas que establece el Código de Familia y otras leyes nacionales y provinciales, con respecto a la autoridad parental, es decir la relación padre, madre e hijo y las consecuencia de que se vulneren estos derechos y deberes.
La Ley Nacional 26061 y Provincial 9861, de los Derechos de Protección de los niños, adolescentes y familias, como así también el Cod. Civil y CDN, establece que la autoridad parental, es el conjunto de facultades y deberes, que la ley otorga e impone al padre y a la madre sobre sus hijos menores de edad o declarados incapaces, para que los protejan, eduquen, asistan y preparen para la vida, además para que los representen y administren sus bienes.
Los padres, en cualquier tipo de sistema familiar, tienen que estar pendientes, de lo que sus hijos hacen, hablar con ellos a diario y tratar de lograr que se conviertan en adultos valiosos, generosos, responsables y honrados.
En Colonia Ayuí, tanto el Presidente Municipal Don Edgardo Almada como mi persona y equipo, estamos abocados a establecer políticas que fortalezcan y habiliten estos vínculos filiales que son tan importantes para el desarrollo tanto psicofísicos como emocionales y sociales de una sana comunidad (familia).
Es el caso que nos ocupa en los últimos tiempos, en nuestra colonia, y lamentablemente no es el único caso, de una “abuela” que hace varios años se encuentra “peleando” entre una gran dicotomía: por una parte su nietos muy pequeños 11 y 5 años “en gran peligro de vida y de que les pase algo malo” y por la otra: denunciar a su hija por no ser responsable de los deberes y derechos que le corresponden, asumiendo ésta que padece de graves problemas con el consumo de “alcohol y otras sustancias”.
Nuestra intervención es clara: velar por los derechos y en el caso a corresponder ejecutar acciones tendientes a la restitución de los derechos que observamos vulnerados. Para ello contamos en nuestro ejercicio profesional con algunas herramientas que nos permiten desarticular inmediatamente una situación “grave” en el que, prioritariamente, se encuentre en peligro la integridad psicofísica y emocional de los niños y adolescentes.
En este caso en particular hemos adoptado por una medida excepcional, luego acabar con otras intervenciones. Ésta correspondientemente habilitada por el organismo central del CoPNAF. Objeto: poner fuera de riesgo la integridad psicofísica y emocional de los niños y apartar a los mismos de su familia de origen (madre) y pasen a residir en casa de sus abuelos maternos (quienes ponen a luz esta situación) depositando no solo en los abuelos esta responsabilidad sino también nos hacemos cargo como Estado. ¿En qué? Primeramente, trazando un Plan de Acción tendiente a la restitución de los derechos que observamos vulnerados y luego articular para que los niños mantengan la vinculación con su progenitora para fortalecer el vínculo de su familiar de origen, no solo de estos dos niños de 11 y 5 años, sino también existen: un varón de 13 años que vive con su abuela desde su nacimiento y una nena de 8 años que directamente vive hace varios años en casa de sus abuelos paternos junto a su papá. Cabe aclara que todos los hermanos son hijo de progenitores diferentes.
Y acá nos encontramos con un problema, que no solo dependerá de nuestra responsabilidad y voluntades como Estado, contar con la sana voluntad de la Madre de que esta situación se restituya – cambie y que no siga malogrando la situación de vida de estos niños en todo su conjunto con sus acciones.
Pensar en que, si la madre consume o no, esto no nos facilita nada, creemos apoyados en la investigación científica, que la “droga” no debe pasar a ser la protagonista. Existen muchos otros vectores a trabajar, que una vez tomados enserio, harán perder peso específico de ésta, en esta situación. Sin por esto disminuir los riesgos que encuentra una persona con problemas de consumo de sustancias psicoactivas.
Estos vectores que debemos ponernos a trabajar son: respeto, amor, sistema de creencias, responsabilidad, derechos, deberes, que le son propios a un progenitor, insisto en cualquier sistema de familia y sobre todo ante los hijos menores de edad o declarados incapaces.
Hoy en esta naturaleza social observamos con gran estupor un como si fuéramos jueces de personas menores de edad, adolescentes, y ya adultos, exigiendo a la justicia su interpelación, su condena. ¿Ahora me pregunto? Y de éstos: abusadores, violadores, moto chorros, femicidas, etc., ¿cuánta responsabilidad nos cabe a nosotros como padres?
Quizás sería muy extenso encontrar respuestas, lo que puedo expresar y desde mi formación académica que no debemos descuidar lo que ya esta contemplado por la ley sobre nuestros deberes, derechos y obligaciones que es muy rico en su saber, y que nos permite, sin pecar de ser perfectos, adecuarnos a un sistema sano social como parte fundamental: La Familia.