La Justicia multó con el pago de $70 mil al intendente de Santa Anita, departamento Uruguay, Juan José Amavet (PJ), por “práctica desleal” al haber impedido a una dirigente de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) sentarse a una mesa de negociación salarial. Pero además, lo condenó a pagarle a la dirigente sindical la suma de $28 mil en concepto de “daño moral”.
El monto de la multa deberá ser destinado a la Secretaría de Trabajo.

La demanda había sido iniciada por Patricia Carolina Aguiar, miembro de la conducción provincial de ATE y a cargo de la seccional Santa Anita del gremio, “gozando de tutela sindical y ostentando representación en todo el ámbito territorial de la provincia, facultada para representar los derechos de los afiliados del municipio de Santa Anita”. En ese contexto, se había programado una reunión paritaria el 21 de mayo de 2021 para negociar salarios para los empleados municipales.

Pero el secretario de Gobierno, Javier Heili, le impidió tomar parte de ese encuentro, y luego el jefe comunal le manifestó que “no iba a participar de ninguna reunión hasta que no salga por los medios de comunicación retractándose de lo que había dicho”, en relación a unos dichos de octubre de 2018 cuando el jefe comunal era su padre, el actual senador Héctor Amavet. Aguiar se mantiene en su postura y dice que no se va a retractar. Acto seguido, le fue impedido el ingreso a la reunión.

Planteada la demanda por práctica antisindical, el 3 de junio de 2021 el intendente Amavet se presenta ante el Juzgado del Trabajo N° 2 de Concepción del Uruguay, a cargo de Nora Angélica Garin y responde la demanda. Aduce “malicia y ensañamiento con las autoridades del Municipio que data del año 2018, cuando afirmó públicamente en un portal de noticias regional llamado ´La Colonia´ (actual Ruta 20) que los trabajadores municipales eran ´tratados como esclavos´ y que habían ´sufrido represalias´ por estar sindicalizados, intimando para que ratifique o rectifique tales afirmaciones”.

El intendente negó los hechos que se le atribuyeron. “Lo sucedido es parte de la vida lícita, líquida y fluctuante de las personas, exento del juzgamiento judicial”, expresó. Dijo además que el hecho que se le endilga “parte del especial encono con que la actora se ha manejado contra el Municipio y sus autoridades que proviene del año 2018”.

La jueza hizo un análisis de la situación y concluyó que el hecho constituyó “una restricción a la libertad sindical al acotar el accionar de la representante gremial interfiriendo en las facultades de la Asociación de Trabajadores del Estado para designar los participantes de su parte en el acto, al cercenarle el acceso”. Y basándose en la declaración de testigos, la magistrada refiere que el intendente “le manifestó que si se retractaba no tenía ningún problema de reunirse con ella, dejando en descubierto la única y real motivación”, y que, en ningún momento, desde 2018 a la fecha, intentó demanda a la dirigente si es que cabía por su reprochable accionar, según entendí el jefe comunal.

Dijo la jueza que la argumentación del intendente para impedir el ingreso de la dirigente sindical a una reunión para tratar salarios “aparece como un pretexto pueril que no hace más que denotar discriminación por ideas políticas y/o gremiales, al permitir el acceso de los demás gremialistas, incluída una par de genero -Gonzalez-, sin mención alguna relativa a este aspecto, excluyendo cuestión de tal índole planteada con fundamento en la ley 26485”.

Fuente: Entre Ríos Ahora